Notario en Madrid
Servicios
En Notario Juan Manuel Perelló va a encontrar a su notario de confianza en Madrid. A continuación le explicamos los servicios que le podemos ofrecer. Ante cualquier duda o problema que tenga, por favor consúltenos.
- Actas notariales.
- Aumento y reducción de capital.
- Auto tutela.
- Cancelación de hipoteca.
- Compraventa de acciones y participaciones sociales.
- Compraventa.
- Constitución de sociedad.
- Copias auténticas o autorizadas, o simples.
- Declaración de obra nueva.
- Elevación a público de documento privado.
-Herencia.
- Hipoteca
- Legitimaciones y protocolizaciones.
- Modificaciones hipotecarias.
- Otros actos societarios.
- Poderes.
- Pareja de hecho o unión estable de pareja.
- Pólizas.
- Subrogación y renovación de hipotecas.
- Testamento.
- Testamento vital o documento de voluntades anticipadas.
A continuación detallamos más información sobre nuestras especialidades: herencias, compraventas, donaciones y constitución de sociedades.
Compraventas
Lo que hace un notario a este respecto es dar fe de a compraventa de acuerdo con la legalidad vigente y garantizar una seguridad jurídica. Elevar este documento a escritura pública, entregar una copia a los intervinientes y archivar el documento original en su protocolo. Además, también puede:
- Redactar la escritura de compraventa del inmueble.
- Correcta transmisión de la herencia de un piso.
- Asesorar, informar y resolver las dudas del comprador y del vendedor de la compraventa.
Herencias
La Herencia, es el acto jurídico mediante el cual una bienes, obligaciones y derechos a otra u otras personas, que se denominan herederos. Se entiende por heredero la persona física o jurídica que tiene derecho a una parte de los bienes de una herencia. Las herencias pueden realizarse con o sin testamento, y deben realizarse en los 6 meses siguientes al fallecimiento.
Constitución de sociedades
Requisitos para constituir una sociedad:
- El tipo de sociedad que quieren constituir.
- El número de socios y el número de acciones o participaciones para cada socio y en las que se divida el capital social.
- Principal actividad de la sociedad, el objeto que va a constituir la sociedad.
- El domicilio fiscal de la sociedad.
- El capital de la sociedad; y si su aportación será dineraria (certificado bancario del depósito del dinero en cuenta abierta a nombre de la propia sociedad , con fecha no anterior a más de 2 meses a la de la escritura) o no dineraria (documentación necesaria para su descripción y, en el caso de ser una sociedad anónima, un informe de un experto independiente).
- La forma de administración.
- El certificado negativo de denominación social que se obtiene del Registro Mercantil Central y tiene una vigencia de 6 meses.
- Los Estatutos, pueden redactarlos la notaría o pueden redactarlos los socios , informándole de todos los requisitos legales que existen y son necesarios.
Donaciones
La donación es un acto por el cual una persona dispone gratuitamente de un bien o derecho a favor de otra, que lo acepta.
Documentación requerida para realizar la donación:
– NIF o DNI donante.
– NIF o DNI donatario (persona que recibe donación).
– Titulo de propiedad del bien donado o datos bancarios si es de dinero.
– Contribución si se trata de un bien inmueble.
La donación está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, se calcula con una escala que varía según el valor del bien donado y el parentesco entre donante y donatario. Hay treinta días para su pago desde su realización.
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